Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 de ALCALA DE HENARES o de cualquier otro juzgado es porque te están reclamando una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, lee bien la citación ya que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,vencida y justificada.
No olvides que la notificación tiene que llegar del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que corresponde el lugar donde vives.
¿Qué puedes hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO VOLUNTARIAMENTE
Sólo tienes que realizarlo si estás conforme con la deuda, por eso es necesario examinar perfectamente los documentos.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 que te haya requerido , donde expliques con pruebas la razón por la que te has opuesto.
Una vez que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo de la cuantía reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 € será verbal y si es superior a 2000 euros será entonces procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 € no es necesario que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la presencia de abogado y procurador en el trámite.
Aún así, aunque la deuda que te reclamen sea inferior a 2000 € es recomendable que el escrito de contestación te lo redacte un abogado para que tengas la certeza de que existe marco legal para oponerte y realizar una defensa buena. Ten en cuenta que podemos realizarte un estudio gratuito de los documentos, tú luego decides si quieres contratar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución pidiendo la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que sólo se cuenta de lunes a viernes y no computan los días que sean festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 de ALCALA DE HENARES
Calle : CL COLEGIOS 04-jun Población: ALCALA DE HENARES
Código Postal: 28801 Provincia: MADRID
Teléfono: 918839409 FAX: 918839409
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