Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 de ALCOBENDAS o de cualquier otro es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, repasar bien la citación ya que la deuda reclamada debe de ser acreditada,justificada y vencida.
No olvides que la citación tiene que llegar del juzgado donde vivas o del partido judicial al que corresponde el lugar donde estás empadronado.
¿Qué debes de hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente tendrías que realizarlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por lo que es necesario comprobar correctamente la citación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 que proceda , donde aclares con argumentos el motivo por el que te quieres oponer.
Una vez que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo de la cuantía reclamada, si si el importe es menos de 2000 € entonces será verbal y si es superior a 2000 euros será entonces procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía por debajo de 2000 € no no es obligatorio que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la presencia de un procurador y un abogado en el trámite.
En cualquier caso, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 € es recomendable que el escrito lo redacte un letrado para que tengas la seguridad de que tiene marco jurídico para oponerte y hacer una contestación excelente. Ten en cuenta que te podemos hacer un estudio gratuito de los documentos, tú más tarde decidirás si quieres contratar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computarán los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 de ALCOBENDAS
Calle : CL JOAQUIN RODRIGO 3 Población: ALCOBENDAS
Código Postal: 28100 Provincia: MADRID
Teléfono: 916539290 FAX: 916523907
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