Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 de ALICANTE o de cualquier otro es porque te están reclamando una deuda. Es importante mantener la calma, lee bien el monitorio debido a que la deuda que te reclamen debe de ser vencida,justificada y acreditada.
También debes de saber que la comunicación debe de llegar del juzgado donde vives o del partido judicial al que corresponda el lugar donde resides.
¿Qué opciones tienes si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Sólo deberías de realizarlo si estás de acuerdo con el importe reclamado, por esta razón es necesario comprobar muy bien la documentación anexa.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 que proceda , donde aclares con argumentos el motivo por el que te has opuesto.
En el momento que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal en función del importe reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 euros será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 € será entonces un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía menor de 2000 € no es necesario que estés representado por un procurador y un abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la asistencia de abogado y procurador en el trámite.
De cualquier manera, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 euros es recomendable que el escrito de contestación te lo realice un abogado para que tengas la certeza de que tiene marco normativo para oponerte y realizar una contestación apropiada. Ten en cuenta que nosotros te hacemos un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú después decides si quieres contratar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico experta en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución para solicitarte la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que nada más se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computan los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 de ALICANTE
Calle : AV AGUILERA 53 Población: ALICANTE
Código Postal: 3007 Provincia: ALICANTE
Teléfono: 965936084 FAX:
OTROS JUZGADOS EN ALICANTE