Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 de CADIZ o de cualquier otro es porque te están reclamando una deuda. Es importante mantener la calma, lee bien el requerimiento debido a que la deuda que te pidan debe de ser vencida
No olvides que el requerimiento tiene que llegarte del juzgado donde vivas o del partido judicial al que pertenezca la población donde resides.
¿Qué puedes hacer cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente debes de hacerlo si estás conforme con la deuda, por esta razón tienes que examinar correctamente el monitorio.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 que te haya requerido , donde justifiques con pruebas la razón por la que te quieres oponer.
Desde que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función de la cuantía reclamada, si si el importe es menos de 2000 € será procedimiento verbal y si es superior a esa cantidad entonces será un procedimiento ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de importe menor de 2000 € no no es obligatorio que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la comparecencia de un procurador y un abogado en la actuación.
Sea como sea, aunque la deuda que te reclamen sea menor de 2000 euros es recomendable que el escrito lo redacte un abogado para que tengas la garantía de que existe marco legal para oponerte y hacer una contestación buena. Recuerda que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú posteriormente decides si quieres contratar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial especialista en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que solamente se cuenta de lunes a viernes y no contarán los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 de CADIZ
Calle : CL LOS BALBOS S/N Población: CADIZ
Código Postal: 11010 Provincia: CADIZ
Teléfono: 856103002 FAX: 956013069
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