Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 de FUENLABRADA o de cualquier otro es porque están reclamandote una deuda. Lo primero es mantener la calma, lee bien la citación debido a que la deuda que te soliciten debe de ser justificada, vencida y acreditada.
También debes de saber que la comunicación tiene que llegarte del juzgado donde vives o del partido judicial al que corresponda el lugar donde vives.
¿Qué debes de hacer cuando te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Únicamente tendrías que realizarlo si estás de acuerdo con el importe reclamado, por esta razón debes de revisar correctamente la documentación anexa.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 que proceda , donde aclares con argumentos el motivo por el que te quieres oponer.
Cuando te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo del dinero reclamado, si se reclaman menos de 2000 € será procedimiento verbal y si es superior a esa cantidad entonces será ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 euros no es necesario que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la asistencia de procurador y abogado en el trámite.
Sea como sea, aunque la cuantía que te reclamen sea por debajo de 2000 € te recomendamos que el escrito de contestación te lo realice un abogado para que tengas la garantía de que tiene marco normativo para oponerte y hacer una defensa apropiada. Ten en cuenta que te podemos hacer un estudio gratuito de la documentación, tú luego decidirás si quieres utlizar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos especializada en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución para solicitarte el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que sólo se cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 de FUENLABRADA
Calle : CL RUMANIA 2 Población: FUENLABRADA
Código Postal: 28943 Provincia: MADRID
Teléfono: 915580030 FAX: 915580045
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