Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 de LUGO o de cualquier otro es porque te están reclamando una deuda. Es muy importante mantener la calma, lee bien el monitorio debido a que la deuda que te pidan debe de ser justificada, acreditada y vencida.
Ten en cuenta que la citación debe de llegar del juzgado donde vives o del partido judicial al que pertenece la población donde estás empadronado.
¿Qué debes de hacer cuando te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más tienes que realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por ese motivo tienes que examinar correctamente la citación.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 que te haya requerido , donde aclares con argumentos el motivo por el que te has opuesto.
Cuando te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario dependiendo de la cantidad reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 € será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 euros será procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 € no hará falta que estés representado por procurador y abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la presencia de procurador y abogado en el trámite.
En cualquier caso, aunque la deuda que te reclamen sea por debajo de 2000 € es recomendable que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la certeza de que existe marco jurídico para oponerte y efectuar una defensa buena. Recuerda que podemos realizarte un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú posteriormente decidirás si deseas utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que nada más se cuenta de lunes a viernes y no computan los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 de LUGO
Calle : CL ARMANDO DURÁN S/N Población: LUGO
Código Postal: 27002 Provincia: LUGO
Teléfono: 982294695 FAX: 982294691
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