Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 de SANTANDER o de cualquier otro juzgado es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, lee bien el documento ya que la deuda que te pidan debe de ser vencida
No olvides que la comunicación tiene que llegarte del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde vives.
¿Qué puedes hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más debes de hacerlo si estás conforme con el importe reclamado, por lo que tienes que revisar correctamente el monitorio.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse hay que realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 que proceda , donde expliques con pruebas el motivo por el que te opones.
Desde que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y comienzan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función del importe reclamado, si si el importe es menos de 2000 € entonces será procedimiento verbal y si es mayor que esa cantidad entonces será ordinario.
Para un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 € no será necesario que estés representado por procurador y abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la presencia de abogado y procurador en el trámite.
De cualquier manera, aunque la cuantía que te reclamen sea por debajo de 2000 € te recomendamos que la contestación te la redacte un letrado para que tengas la seguridad de que tiene marco jurídico para oponerte y efectuar una defensa excelente. Recuerda que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú posteriormente decides si deseas usar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución para solicitarte el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que sólo se cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 de SANTANDER
Calle : AV PEDRO SAN MARTIN s/n Población: SANTANDER
Código Postal: 39071 Provincia: CANTABRIA
Teléfono: 942357018 FAX: 942357019
OTROS JUZGADOS EN SANTANDER