¿Has recibido un procedimiento monitorio del JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 de SEVILLA ?

Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 de SEVILLA o de cualquier otro juzgado es debido a que te están reclamando una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, lee bien el monitorio  ya que la deuda reclamada debe de ser vencida

Recuerda que la citación debe de  llegarte del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que pertenece la población donde vives.

¿Qué tienes que hacer si has recibido un monitorio?

Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:

1.- REALIZAR EL PAGO VOLUNTARIAMENTE

Nada más debes de realizarlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por ese motivo es necesario revisar perfectamente el monitorio.

2.- OPONERSE AL MONITORIO

Si no reconoces el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 que proceda  , donde justifiques con pruebas la razón por la que te has opuesto.

En el momento que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo del dinero reclamado, si si el importe es menos de 2000 € entonces será verbal y si es mayor que 2000 € será procedimiento ordinario.

Si se trata de un procedimiento verbal o de cuantía por debajo de 2000 € no hará falta que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la comparecencia de procurador y abogado en la actuación.

De todas formas, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 euros es muy recomendable que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la seguridad de que tiene marco legal para oponerte y efectuar una defensa apropiada. Ten en cuenta que te podemos hacer un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú más tarde decidirás si quieres usar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a financieras y Bancos.

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3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE

Si no realizas nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.

¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?

Para oponerte al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que solamente se cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días festivos dentro de este rango.

 

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Si quieres contestar un monitorio y estás dentro de los 20 días hábiles para poder contestarlo podemos realizarte un estudio gratuito. En muchos casos, sobre todo en los procedimientos que {inician|empiezan las empresas de préstamos rápidos en las que suelen aplicar intereses abusivos, se puede contestar el monitorio haciendo una buena defensa legal, debiendo devolver (en la mayoría de las ocasiones) sólo el capital prestado.

 

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Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 de SEVILLA

Calle : CL  VERMONDO RESTA S/N Población: SEVILLA

 Código Postal:  41018 Provincia: SEVILLA

Teléfono: 955043004 FAX: 955043005

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