Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 de TERRASSA o de cualquier otro es porque están solicitandote el pago de una deuda. Es importante mantener la calma, leer bien el monitorio ya que la deuda que te reclamen debe de ser justificada, acreditada y vencida.
Recuerda que el requerimiento debe de llegar del juzgado donde vives o del partido judicial al que corresponde el lugar donde estás empadronado.
¿Qué opciones tienes cuando te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO VOLUNTARIAMENTE
Solamente debes de hacerlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por esta razón tienes que revisar muy bien el monitorio.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 que proceda , donde expliques con argumentos el motivo por el que te opones.
En el momento que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo de la cantidad reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 euros será verbal y si es mayor que esa cantidad será ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cuantía inferior a 2000 € no es necesario que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la comparecencia de un abogado y un procurador en el procedimiento.
Aún así, aunque el importe que te reclamen sea por debajo de 2000 euros te recomendamos que la contestación te la realice un letrado para que tengas la garantía de que tiene marco jurídico para oponerte y realizar una defensa buena. Ten en cuenta que nosotros te hacemos un estudio gratuito de la documentación, tú luego decides si deseas contratar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos experta en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución solicitando el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computarán los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 1 de TERRASSA
Calle : RB PARE ALEGRE 112 Población: TERRASSA
Código Postal: 8220 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 936932961 FAX: 936932951
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