Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 10 de A CORUÑA o de cualquier otro es porque te están reclamando una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, lee bien el monitorio debido a que la deuda que te soliciten debe de ser vencida
Recuerda que el requerimiento tiene que llegarte del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenece la población donde resides.
¿Qué tienes que hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Nada más deberías de realizarlo si estás conforme con la deuda, por ese motivo debes de revisar perfectamente los documentos anexos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 10 que te haya requerido , donde demuestres con argumentos el motivo por el que te quieres oponer.
Desde que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario en función de la cuantía reclamada, si se reclaman menos de 2000 € entonces será verbal y si es superior a esa cantidad entonces será un procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de importe por debajo de 2000 euros no será necesario que estés representado por procurador y abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la presencia de un procurador y un abogado en el trámite.
De cualquier manera, aunque la deuda que te reclamen sea inferior a 2000 euros es muy recomendable que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la seguridad de que tiene marco jurídico para oponerte y efectuar una defensa buena. No olvides que te podemos hacer un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú luego decidirás si quieres contratar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que nada más se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 10 de A CORUÑA
Calle : CL CAPITAN JUAN VARELA S/N Población: A CORUÑA
Código Postal: 15007 Provincia: A CORUÑA
Teléfono: 981182194 FAX: 981182187
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