Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 10 de BARCELONA o de cualquier otro juzgado es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Es importante mantener la calma, revisar bien el monitorio ya que la deuda que te pidan debe de ser acreditada,vencida y justificada.
También debes de saber que la comunicación debe de llegarte del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde vives.
¿Qué puedes hacer cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más debes de realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por esta razón tienes que examinar perfectamente el monitorio.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 10 que proceda , donde demuestres con argumentos el motivo por el que te opones.
Cuando te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo del dinero reclamado, si si el importe es menos de 2000 euros será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 euros será entonces procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 euros no hace falta que estés representado por un procurador y un abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la presencia de abogado y procurador en el trámite.
Sea como sea, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 € es muy recomendable que el escrito de contestación te lo realice un abogado para que tengas la garantía de que tiene marco jurídico para oponerte y ejercer una contestación excelente. Ten en cuenta que te podemos hacer un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú después decides si quieres utlizar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución para solicitarte la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no contarán los días que sean festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 10 de BARCELONA
Calle : GV DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA
Código Postal: 8014 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 935549410 FAX: 935549510
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