Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 10 de CORDOBA o de cualquier otro juzgado es debido a que te están reclamando una deuda. Lo primero es mantener la calma, comprabar bien el monitorio ya que la deuda que te soliciten debe de ser justificada, vencida y acreditada.
Recuerda que la comunicación debe de llegar del juzgado donde vives o del partido judicial al que corresponda el lugar donde vives.
¿Qué debes de hacer si has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente tienes que hacerlo si estás de acuerdo con la deuda, por esta razón es necesario examinar muy bien la citación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 10 que te haya requerido , donde expliques con pruebas la razón por la que te quieres oponer.
Cuando te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal dependiendo del dinero reclamado, si se reclaman menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 € será entonces ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cuantía por debajo de 2000 € no es necesario que estés representado por un procurador y un abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la comparecencia de un abogado y un procurador en la actuación.
De cualquier manera, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 euros es recomendable que la contestación te la redacte un letrado para que tengas la certeza de que existe fundamento jurídico para oponerte y hacer una contestación buena. Recuerda que nosotros te hacemos un estudio gratuito de la documentación, tú posteriormente decides si deseas utlizar el servicio. Somos una empresa de asistencia judicial especializada en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no contarán los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 10 de CORDOBA
Calle : CL ISLA MALLORCA S/N Población: CORDOBA
Código Postal: 14071 Provincia: CORDOBA
Teléfono: 670940354 FAX: 957745112
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