Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 10 de MURCIA o de cualquier otro es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Lo primero es mantener la calma, leer bien el requerimiento debido a que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,vencida y justificada.
Ten en cuenta que el requerimiento tiene que llegar del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que corresponda la población donde estás empadronado.
¿Qué puedes hacer si has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR VOLUNTARIAMENTE
Solamente tienes que realizarlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por ese motivo es necesario comprobar correctamente el monitorio.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 10 que proceda , donde demuestres con pruebas la razón por la que te quieres oponer.
Una vez que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo de la cantidad reclamada, si si el importe es menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es superior a 2000 € será entonces un procedimiento ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 € no será necesario que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la asistencia de un abogado y un procurador en el procedimiento.
Aún así, aunque el importe que te reclamen sea por debajo de 2000 € te recomendamos que el escrito de contestación te lo realice un abogado para que tengas la certeza de que existe marco normativo para oponerte y realizar una contestación buena. No olvides que nosotros te hacemos un estudio gratuito de la documentación, tú más tarde decides si deseas contratar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos especializada en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que sólo se cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 10 de MURCIA
Calle : AV DE LA JUSTICIA S/N Población: MURCIA
Código Postal: 30071 Provincia: MURCIA
Teléfono: 968879573 FAX: 968879577
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