Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 10 de PALMA DE MALLORCA o de cualquier otro es porque están solicitandote el pago de una deuda. Es muy importante mantener la calma, leer bien el monitorio ya que la deuda reclamada debe de ser justificada, acreditada y vencida.
Es importante que sepas que la citación debe de llegarte del juzgado donde vives o del partido judicial al que pertenece el lugar donde resides.
¿Qué debes de hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Solamente deberías de realizarlo si estás de acuerdo con el importe reclamado, por ese motivo tienes que examinar perfectamente la documentación anexa.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 10 que te haya requerido , donde expliques con pruebas la razón por la que te opones.
Desde que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal en función de la cantidad reclamada, si se reclaman menos de 2000 € será verbal y si es superior a 2000 euros entonces será un procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 € no es necesario que estés representado por un abogado y un procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la comparecencia de abogado y procurador en el procedimiento.
De cualquier manera, aunque el importe que te reclamen sea por debajo de 2000 € es muy recomendable que el escrito lo redacte un letrado para que tengas la seguridad de que existe marco normativo para oponerte y ejercer una defensa apropiada. No olvides que podemos realizarte un estudio gratuito de la documentación, tú posteriormente decidirás si quieres contratar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos especializada en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución para solicitarte el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no contarán los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 10 de PALMA DE MALLORCA
Calle : TR D’EN BALLESTER 20 Población: PALMA DE MALLORCA
Código Postal: 7002 Provincia: ISLAS BALEARES
Teléfono: 971219391 FAX: 971219297
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