Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 10 de SEVILLA o de cualquier otro juzgado es debido a que están solicitandote el pago de una deuda. Lo primero es mantener la calma, repasar bien el monitorio ya que la deuda que te soliciten debe de ser vencida
No olvides que la comunicación debe de llegarte del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que pertenece la población donde vives.
¿Qué tienes que hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Únicamente tienes que realizarlo si estás conforme con el importe reclamado, por ese motivo tienes que comprobar correctamente los documentos anexos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 10 que te haya requerido , donde aclares con pruebas el motivo por el que te opones.
Cuando te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo del dinero reclamado, si si el importe es menos de 2000 € entonces será procedimiento verbal y si es superior a 2000 € entonces será ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía por debajo de 2000 euros no será necesario que estés representado por un procurador y un abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la comparecencia de procurador y abogado en el trámite.
De cualquier manera, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 € es recomendable que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la seguridad de que tiene fundamento jurídico para oponerte y hacer una defensa excelente. Recuerda que nosotros te hacemos un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú posteriormente decides si deseas contratar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no contarán los días que sean festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 10 de SEVILLA
Calle : CL VERMONDO RESTA S/N Población: SEVILLA
Código Postal: 41018 Provincia: SEVILLA
Teléfono: 955548113 FAX: 955043058
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