Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 11 de BARCELONA o de cualquier otro es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, lee bien la citación debido a que la deuda que te reclamen debe de ser vencida
Recuerda que el requerimiento tiene que llegar del juzgado donde vivas o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde estás empadronado.
¿Qué tienes que hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más tendrías que realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por eso es necesario comprobar correctamente el monitorio.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 11 que te haya requerido , donde expliques con argumentos la razón por la que te quieres oponer.
Una vez que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función del dinero reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 euros entonces será un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada inferior a 2000 euros no hace falta que estés representado por un procurador y un abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la asistencia de un procurador y un abogado en el procedimiento.
De cualquier manera, aunque la cuantía que te reclamen sea menor de 2000 € es recomendable que el escrito lo redacte un letrado para que tengas la garantía de que existe marco normativo para oponerte y realizar una defensa apropiada. Recuerda que te podemos hacer un estudio gratuito de la documentación, tú posteriormente decides si quieres contratar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos experta en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución para solicitarte el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que sólo se cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 11 de BARCELONA
Calle : GV DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA
Código Postal: 8014 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 935549411 FAX: 935549511
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