Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 11 de GRANADA o de cualquier otro es porque están reclamandote una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, repasar bien la citación debido a que la deuda que te soliciten debe de ser vencida,justificada y acreditada.
No olvides que el requerimiento tiene que llegarte del juzgado donde vives o del partido judicial al que corresponda el lugar donde estás empadronado.
¿Qué debes de hacer cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Únicamente tienes que hacerlo si estás de acuerdo con la deuda, por lo que es necesario examinar perfectamente el monitorio.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 11 que te haya requerido , donde justifiques con pruebas la razón por la que te has opuesto.
Desde que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo de la cuantía reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 € será entonces un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía inferior a 2000 € no hace falta que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la comparecencia de un procurador y un abogado en el procedimiento.
De todas formas, aunque la deuda que te reclamen sea por debajo de 2000 € te recomendamos que la contestación te la redacte un letrado para que tengas la garantía de que existe marco jurídico para oponerte y efectuar una contestación apropiada. Ten en cuenta que podemos realizarte un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú luego decides si quieres usar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial especialista en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que nada más se tiene en cuenta de lunes a viernes y no contarán los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 11 de GRANADA
Calle : AV DEL SUR 01-mar Población: GRANADA
Código Postal: 18071 Provincia: GRANADA
Teléfono: 958059257 FAX: 958028858
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