Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 11 de MADRID o de cualquier otro es porque te están solicitando el pago de una deuda. Es importante mantener la calma, revisar bien el monitorio debido a que la deuda que te soliciten debe de ser vencida
Es importante que sepas que la citación tiene que llegarte del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que pertenece el lugar donde estás empadronado.
¿Qué debes de hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente deberías de realizarlo si estás de acuerdo con el importe reclamado, por esta razón es necesario comprobar perfectamente la documentación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 11 que proceda , donde aclares con argumentos la razón por la que te has opuesto.
Una vez que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal en función de la cantidad reclamada, si se reclaman menos de 2000 € entonces será verbal y si es superior a esa cantidad será procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía menor de 2000 euros no hará falta que estés representado por abogado y procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la asistencia de abogado y procurador en el procedimiento.
Aún así, aunque la deuda que te reclamen sea por debajo de 2000 euros te recomendamos que la contestación te la redacte un letrado para que tengas la seguridad de que tiene marco normativo para oponerte y efectuar una defensa buena. Recuerda que podemos realizarte un estudio gratuito de los documentos, tú después decidirás si deseas utlizar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico experta en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución para solicitarte la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que sólo se cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 11 de MADRID
Calle : CL DEL POETA 66 Población: MADRID
Código Postal: 28020 Provincia: MADRID
Teléfono: 914932721 FAX: 914932724
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