Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 11 de SEVILLA o de cualquier otro es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, repasar bien el requerimiento debido a que la deuda que te reclamen debe de ser justificada, vencida y acreditada.
No olvides que la notificación tiene que llegarte del juzgado donde vives o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde resides.
¿Qué tienes que hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO DE FORMA VOLUNTARIA
Únicamente tendrías que hacerlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por esta razón es necesario comprobar correctamente la documentación anexa.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 11 que proceda , donde justifiques con argumentos la razón por la que te quieres oponer.
Desde que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo de la cantidad reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 € será procedimiento verbal y si es superior a 2000 € será entonces un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 € no será necesario que estés representado por un procurador y un abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la asistencia de un procurador y un abogado en el trámite.
En cualquier caso, aunque la cuantía que te reclamen sea inferior a 2000 € es recomendable que el escrito lo redacte un abogado para que tengas la garantía de que tiene marco jurídico para oponerte y efectuar una contestación apropiada. No olvides que nosotros te hacemos un estudio gratuito de la documentación, tú más tarde decides si quieres utlizar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos experta en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que solamente se cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 11 de SEVILLA
Calle : CL VERMONDO RESTA S/N Población: SEVILLA
Código Postal: 41018 Provincia: SEVILLA
Teléfono: 955043063 FAX: 955043135
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