Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 12 de PALMA DE MALLORCA o de cualquier otro juzgado es porque están solicitandote el pago de una deuda. Es muy importante mantener la calma, lee bien el monitorio debido a que la deuda que te soliciten debe de ser acreditada,vencida y justificada.
También debes de saber que la notificación debe de llegarte del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que corresponda la población donde vives.
¿Qué debes de hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO VOLUNTARIAMENTE
Nada más tienes que realizarlo si estás conforme con la deuda, por lo que tienes que examinar perfectamente los documentos anexos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 12 que proceda , donde expliques con argumentos el motivo por el que te quieres oponer.
Cuando te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal en función del importe reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es superior a 2000 euros será un procedimiento ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cuantía por debajo de 2000 € no no es obligatorio que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la presencia de abogado y procurador en la actuación.
Aún así, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 euros es recomendable que el escrito lo redacte un abogado para que tengas la garantía de que tiene marco legal para oponerte y hacer una defensa excelente. No olvides que nuestra empresa te hace un estudio gratuito de la documentación, tú más tarde decides si quieres utlizar el servicio. Somos una empresa de asistencia judicial experta en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución para solicitarte la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que solamente se cuenta de lunes a viernes y no contarán los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 12 de PALMA DE MALLORCA
Calle : TR D’EN BALLESTER 20 Población: PALMA DE MALLORCA
Código Postal: 7002 Provincia: ISLAS BALEARES
Teléfono: 971219397 FAX: 971219298
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