Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 12 de SEVILLA o de cualquier otro juzgado es debido a que están reclamandote una deuda. Lo primero es mantener la calma, leer bien el monitorio ya que la deuda que te soliciten debe de ser justificada, vencida y acreditada.
Ten en cuenta que el requerimiento debe de llegar del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que pertenece el lugar donde vives.
¿Qué tienes que hacer cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Únicamente debes de realizarlo si estás conforme con el importe reclamado, por esta razón tienes que comprobar muy bien la documentación anexa.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 12 que te haya requerido , donde expliques con pruebas el motivo por el que te quieres oponer.
Cuando te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal en función de la cuantía reclamada, si si el importe es menos de 2000 € entonces será verbal y si es mayor que 2000 € será procedimiento ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de importe por debajo de 2000 € no hace falta que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la presencia de abogado y procurador en el procedimiento.
En cualquier caso, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 euros es muy recomendable que el escrito de contestación te lo realice un letrado para que tengas la seguridad de que existe marco normativo para oponerte y efectuar una defensa excelente. No olvides que podemos realizarte un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú luego decides si deseas utlizar el servicio. Somos una empresa de asistencia judicial especialista en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución para solicitarte el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que nada más se cuenta de lunes a viernes y no computarán los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 12 de SEVILLA
Calle : CL VERMONDO RESTA S/N Población: SEVILLA
Código Postal: 41018 Provincia: SEVILLA
Teléfono: 955043070 FAX: 955043135
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