Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 13 de BARCELONA o de cualquier otro es porque están solicitandote el pago de una deuda. Es importante mantener la calma, repasar bien el requerimiento debido a que la deuda reclamada debe de ser acreditada,justificada y vencida.
Ten en cuenta que el requerimiento debe de llegarte del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde resides.
¿Qué opciones tienes si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Únicamente tendrías que hacerlo si estás conforme con la deuda, por eso es necesario revisar muy bien el monitorio.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 13 que proceda , donde justifiques con argumentos el motivo por el que te quieres oponer.
Una vez que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo del dinero reclamado, si si el importe es menos de 2000 € entonces será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 € será procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de importe menor de 2000 euros no hace falta que estés representado por un abogado y un procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la comparecencia de procurador y abogado en la actuación.
Sea como sea, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 € es recomendable que el escrito lo redacte un letrado para que tengas la garantía de que existe marco jurídico para oponerte y ejercer una contestación buena. Ten en cuenta que te podemos hacer un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú más tarde decidirás si deseas contratar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos experta en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución solicitando la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que sólo se cuenta de lunes a viernes y no contarán los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 13 de BARCELONA
Calle : GV DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA
Código Postal: 8014 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 935549413 FAX: 935549513
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