Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 13 de VALENCIA o de cualquier otro juzgado es porque te están reclamando una deuda. Es muy importante mantener la calma, leer bien el monitorio debido a que la deuda reclamada debe de ser justificada, acreditada y vencida.
Recuerda que la notificación debe de llegarte del juzgado donde vivas o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde vives.
¿Qué opciones tienes cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Únicamente debes de realizarlo si estás conforme con la deuda, por esta razón es necesario revisar correctamente el monitorio.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 13 que proceda , donde aclares con argumentos el motivo por el que te quieres oponer.
Cuando te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal en función del importe reclamado, si si el importe es menos de 2000 € entonces será procedimiento verbal y si es superior a esa cantidad será un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de importe menor de 2000 € no hace falta que estés representado por procurador y abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la presencia de un procurador y un abogado en el trámite.
Sin embargo, aunque la deuda que te reclamen sea menor de 2000 euros te recomendamos que el escrito de contestación te lo redacte un letrado para que tengas la garantía de que existe marco normativo para oponerte y realizar una defensa excelente. No olvides que nosotros te hacemos un estudio gratuito de la documentación, tú posteriormente decidirás si quieres utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos experta en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que sólo se cuenta de lunes a viernes y no contarán los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 13 de VALENCIA
Calle : AV PROF.LOPEZ PIÑERO 14 Población: VALENCIA
Código Postal: 46071 Provincia: VALENCIA
Teléfono: 961929022 FAX: 961929322
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