Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 14 de A CORUÑA o de cualquier otro juzgado es porque te están solicitando el pago de una deuda. Lo primero es mantener la calma, lee bien la citación debido a que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,justificada y vencida.
También debes de saber que el requerimiento debe de llegar del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que corresponde el lugar donde vives.
¿Qué tienes que hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR VOLUNTARIAMENTE
Únicamente deberías de realizarlo si estás conforme con el importe reclamado, por ese motivo tienes que revisar correctamente la documentación.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 14 que proceda , donde justifiques con pruebas la razón por la que te quieres oponer.
Desde que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función del importe reclamado, si si el importe es menos de 2000 euros será procedimiento verbal y si es superior a 2000 € será entonces un procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada inferior a 2000 euros no hace falta que estés representado por un procurador y un abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la asistencia de un abogado y un procurador en el trámite.
Sea como sea, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 € te recomendamos que el escrito lo realice un letrado para que tengas la seguridad de que existe marco normativo para oponerte y ejercer una contestación excelente. Ten en cuenta que te podemos hacer un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú luego decidirás si quieres utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos especializada en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución para solicitarte la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computarán los días que sean festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 14 de A CORUÑA
Calle : CL CAPITAN JUAN VARELA 0 Población: A CORUÑA
Código Postal: 15007 Provincia: A CORUÑA
Teléfono: 0 FAX:
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