Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 14 de BARCELONA o de cualquier otro es debido a que están solicitandote el pago de una deuda. Lo primero es mantener la calma, comprabar bien el documento ya que la deuda que te pidan debe de ser acreditada,vencida y justificada.
Es importante que sepas que el requerimiento tiene que llegarte del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenece la población donde estás empadronado.
¿Qué debes de hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Sólo tendrías que realizarlo si estás conforme con la deuda, por lo que tienes que examinar perfectamente la citación.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse hay que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 14 que proceda , donde demuestres con argumentos la razón por la que te quieres oponer.
Desde que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función del dinero reclamado, si se reclaman menos de 2000 euros entonces será verbal y si es superior a 2000 € entonces será procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 euros no será necesario que estés representado por procurador y abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la asistencia de un abogado y un procurador en el trámite.
Sin embargo, aunque la cuantía que te reclamen sea por debajo de 2000 euros es recomendable que el escrito lo redacte un letrado para que tengas la seguridad de que tiene fundamento jurídico para oponerte y ejercer una defensa buena. Ten en cuenta que podemos realizarte un estudio gratuito de los documentos, tú después decides si deseas contratar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos especialista en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución para solicitarte la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que sólo se cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 14 de BARCELONA
Calle : GV DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA
Código Postal: 8014 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 935549414 FAX: 935549514
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