Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 14 de PALMA DE MALLORCA o de cualquier otro es debido a que te están reclamando una deuda. Es importante mantener la calma, revisar bien el documento debido a que la deuda que te soliciten debe de ser vencida
Es importante que sepas que el requerimiento debe de llegar del juzgado donde vivas o del partido judicial al que corresponda el lugar donde estás empadronado.
¿Qué opciones tienes si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO DE FORMA VOLUNTARIA
Sólo debes de hacerlo si estás conforme con el importe reclamado, por ese motivo es necesario comprobar muy bien los documentos anexos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 14 que te haya requerido , donde justifiques con argumentos la razón por la que te quieres oponer.
Una vez que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo de la cantidad reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 € será procedimiento verbal y si es superior a 2000 € será ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada inferior a 2000 € no no es obligatorio que estés representado por abogado y procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la presencia de un procurador y un abogado en la actuación.
De todos modos, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 euros es muy recomendable que el escrito lo realice un letrado para que tengas la seguridad de que tiene marco normativo para oponerte y efectuar una contestación excelente. Ten en cuenta que te podemos hacer un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú luego decides si quieres usar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que sólo se cuenta de lunes a viernes y no contarán los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 14 de PALMA DE MALLORCA
Calle : TR D’EN BALLESTER 20 Población: PALMA DE MALLORCA
Código Postal: 7002 Provincia: ISLAS BALEARES
Teléfono: 971219404 FAX: 971219495
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