Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 14 de SEVILLA o de cualquier otro es porque están solicitandote el pago de una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, leer bien la citación debido a que la deuda que te soliciten debe de ser vencida
También debes de saber que el requerimiento tiene que llegar del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que corresponde la población donde resides.
¿Qué opciones tienes cuando te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Únicamente debes de hacerlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por eso es necesario examinar correctamente los documentos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 14 que proceda , donde expliques con pruebas el motivo por el que te quieres oponer.
En el momento que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario en función del dinero reclamado, si se reclaman menos de 2000 € entonces será verbal y si es mayor que 2000 € será procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 euros no hará falta que estés representado por procurador y abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la presencia de un abogado y un procurador en el trámite.
De cualquier manera, aunque el importe que te reclamen sea por debajo de 2000 euros es muy recomendable que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la seguridad de que tiene marco legal para oponerte y efectuar una defensa excelente. Recuerda que te podemos hacer un estudio gratuito de los documentos, tú posteriormente decides si deseas utlizar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos experta en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución solicitando el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que solamente se cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 14 de SEVILLA
Calle : CL VERMONDO RESTA S/N Población: SEVILLA
Código Postal: 41018 Provincia: SEVILLA
Teléfono: 955043082 FAX: 955043135
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