Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 15 de BARCELONA o de cualquier otro es debido a que te están reclamando una deuda. Es importante mantener la calma, lee bien el monitorio debido a que la deuda que te soliciten debe de ser acreditada y justificada.
Recuerda que la notificación tiene que llegarte del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que corresponde el lugar donde vives.
¿Qué tienes que hacer si has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Únicamente debes de realizarlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por eso debes de examinar correctamente el monitorio.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 15 que proceda , donde expliques con pruebas el motivo por el que te quieres oponer.
Cuando te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario dependiendo del importe reclamado, si se reclaman menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es superior a 2000 euros será entonces procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de importe menor de 2000 € no hace falta que estés representado por abogado y procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la asistencia de abogado y procurador en el trámite.
Sin embargo, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 € es muy recomendable que la contestación te la realice un abogado para que tengas la seguridad de que existe fundamento jurídico para oponerte y hacer una contestación apropiada. No olvides que te podemos hacer un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú después decidirás si deseas utlizar el servicio. Somos una empresa de asistencia judicial experta en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que nada más se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computan los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 15 de BARCELONA
Calle : GV DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA
Código Postal: 8014 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 935549415 FAX: 935549515
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