Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 15 de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA o de cualquier otro juzgado es debido a que están reclamandote una deuda. Es importante mantener la calma, leer bien el monitorio ya que la deuda reclamada debe de ser acreditada,vencida y justificada.
Recuerda que la comunicación tiene que llegarte del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que corresponda la población donde estás empadronado.
¿Qué tienes que hacer cuando te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Solamente tendrías que hacerlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por ese motivo tienes que comprobar perfectamente los documentos anexos.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 15 que proceda , donde aclares con pruebas la razón por la que te quieres oponer.
En el momento que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal en función del importe reclamado, si se reclaman menos de 2000 euros entonces será verbal y si es superior a 2000 euros será entonces procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada inferior a 2000 € no es necesario que estés representado por procurador y abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la presencia de un abogado y un procurador en el trámite.
Aún así, aunque la cuantía que te reclamen sea inferior a 2000 € es recomendable que la contestación te la redacte un letrado para que tengas la certeza de que existe marco legal para oponerte y realizar una defensa buena. Ten en cuenta que podemos realizarte un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú más tarde decidirás si quieres utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución solicitando el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que solamente se cuenta de lunes a viernes y no contarán los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 15 de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Calle : CL MALAGA 2 Población: LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Código Postal: 35016 Provincia: LAS PALMAS
Teléfono: 928116401 FAX: 928429726
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