Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 15 de MADRID o de cualquier otro juzgado es debido a que te están reclamando una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, revisar bien el documento ya que la deuda que te pidan debe de ser vencida
Recuerda que el requerimiento debe de llegar del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que corresponde el lugar donde estás empadronado.
¿Qué debes de hacer cuando te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Solamente debes de realizarlo si estás conforme con el importe reclamado, por eso es necesario examinar perfectamente la documentación anexa.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 15 que proceda , donde demuestres con argumentos el motivo por el que te has opuesto.
Desde que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo del importe reclamado, si se reclaman menos de 2000 € será procedimiento verbal y si es mayor que esa cantidad entonces será procedimiento ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 euros no es necesario que estés representado por un abogado y un procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la comparecencia de abogado y procurador en la actuación.
De todos modos, aunque la deuda que te reclamen sea menor de 2000 euros es recomendable que el escrito lo realice un abogado para que tengas la garantía de que existe marco normativo para oponerte y hacer una contestación excelente. Ten en cuenta que podemos realizarte un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú posteriormente decides si quieres utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que nada más se cuenta de lunes a viernes y no computan los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 15 de MADRID
Calle : CL DEL POETA 66 Población: MADRID
Código Postal: 28020 Provincia: MADRID
Teléfono: 914932751 FAX: 914932754
OTROS JUZGADOS EN MADRID