Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 15 de PALMA DE MALLORCA o de cualquier otro es porque están reclamandote una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, leer bien el documento debido a que la deuda reclamada debe de ser acreditada,justificada y vencida.
No olvides que la comunicación tiene que llegar del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde vives.
¿Qué debes de hacer cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente tendrías que realizarlo si estás conforme con la deuda, por lo que tienes que revisar correctamente la documentación anexa.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 15 que proceda , donde expliques con pruebas el motivo por el que te has opuesto.
En el momento que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal en función de la cuantía reclamada, si se reclaman menos de 2000 € será verbal y si es mayor que 2000 euros será entonces ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 euros no será necesario que estés representado por procurador y abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la presencia de procurador y abogado en el trámite.
Sea como sea, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 € es recomendable que el escrito lo redacte un abogado para que tengas la certeza de que existe marco jurídico para oponerte y ejercer una contestación buena. No olvides que podemos realizarte un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú luego decidirás si deseas usar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución para solicitarte la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que nada más se cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 15 de PALMA DE MALLORCA
Calle : TR D’EN BALLESTER 20 Población: PALMA DE MALLORCA
Código Postal: 7002 Provincia: ISLAS BALEARES
Teléfono: 971219407 FAX: 971219499
OTROS JUZGADOS EN PALMA DE MALLORCA