Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 15 de VALENCIA o de cualquier otro juzgado es debido a que están solicitandote el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, lee bien el documento ya que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada y justificada.
Es importante que sepas que la notificación tiene que llegar del juzgado donde residas o del partido judicial al que corresponde el lugar donde vives.
¿Qué opciones tienes cuando te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Únicamente deberías de realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por esta razón debes de revisar perfectamente el monitorio.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 15 que proceda , donde expliques con argumentos el motivo por el que te opones.
Cuando te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario en función del dinero reclamado, si se reclaman menos de 2000 euros será verbal y si es mayor que esa cantidad entonces será ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cuantía menor de 2000 euros no hace falta que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la asistencia de abogado y procurador en el trámite.
De cualquier manera, aunque la deuda que te reclamen sea menor de 2000 euros te recomendamos que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la seguridad de que existe fundamento jurídico para oponerte y ejercer una contestación buena. Ten en cuenta que podemos realizarte un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú después decides si quieres utlizar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos especialista en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que sólo se cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 15 de VALENCIA
Calle : AV PROF.LOPEZ PIÑERO 14 Población: VALENCIA
Código Postal: 46071 Provincia: VALENCIA
Teléfono: 961929024 FAX: 961929324
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