Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 16 de BARCELONA o de cualquier otro juzgado es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Es importante mantener la calma, revisar bien el requerimiento ya que la deuda que te soliciten debe de ser acreditada y justificada.
Recuerda que la comunicación debe de llegarte del juzgado donde residas o del partido judicial al que corresponda el lugar donde estás empadronado.
¿Qué debes de hacer si has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más tienes que realizarlo si estás conforme con el importe reclamado, por eso debes de examinar perfectamente la documentación anexa.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 16 que te haya requerido , donde justifiques con pruebas el motivo por el que te has opuesto.
Una vez que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo del dinero reclamado, si si el importe es menos de 2000 € entonces será verbal y si es superior a 2000 € será entonces procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 euros no es necesario que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la asistencia de un abogado y un procurador en el trámite.
Sea como sea, aunque la cuantía que te reclamen sea inferior a 2000 euros es recomendable que el escrito de contestación te lo redacte un abogado para que tengas la seguridad de que existe marco legal para oponerte y efectuar una contestación buena. Recuerda que podemos realizarte un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú posteriormente decides si deseas usar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos experta en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 16 de BARCELONA
Calle : GV DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA
Código Postal: 8014 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 935549416 FAX: 935549516
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