Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 16 de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA o de cualquier otro es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Es importante mantener la calma, comprabar bien la citación ya que la deuda reclamada debe de ser acreditada y justificada.
Recuerda que la comunicación debe de llegar del juzgado donde vivas o del partido judicial al que pertenece la población donde resides.
¿Qué tienes que hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO VOLUNTARIAMENTE
Nada más debes de realizarlo si estás conforme con el importe reclamado, por esta razón tienes que examinar perfectamente los documentos.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 16 que te haya requerido , donde aclares con argumentos el motivo por el que te has opuesto.
Desde que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal dependiendo del dinero reclamado, si se reclaman menos de 2000 € entonces será verbal y si es superior a esa cantidad será procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 € no será necesario que estés representado por un procurador y un abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la comparecencia de abogado y procurador en el trámite.
Sea como sea, aunque el importe que te reclamen sea por debajo de 2000 € te recomendamos que el escrito lo realice un letrado para que tengas la garantía de que existe marco jurídico para oponerte y ejercer una contestación buena. Ten en cuenta que podemos realizarte un estudio gratuito de la documentación, tú luego decides si deseas usar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución pidiendo el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que nada más se cuenta de lunes a viernes y no computan los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 16 de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Calle : CL MALAGA 2 Población: LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Código Postal: 35016 Provincia: LAS PALMAS
Teléfono: 928116334 FAX: 928429721
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