Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 16 de MADRID o de cualquier otro juzgado es debido a que están reclamandote una deuda. Es muy importante mantener la calma, revisar bien el documento debido a que la deuda que te reclamen debe de ser justificada, acreditada y vencida.
No olvides que la citación tiene que llegar del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que pertenece la población donde estás empadronado.
¿Qué puedes hacer cuando te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO VOLUNTARIAMENTE
Únicamente debes de hacerlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por esta razón debes de revisar perfectamente los documentos anexos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 16 que proceda , donde demuestres con pruebas la razón por la que te opones.
Desde que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario en función del dinero reclamado, si si el importe es menos de 2000 € será verbal y si es superior a esa cantidad será entonces ordinario.
Para un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 euros no hace falta que estés representado por procurador y abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la comparecencia de abogado y procurador en el trámite.
Aún así, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 euros es muy recomendable que la contestación te la realice un letrado para que tengas la seguridad de que existe marco normativo para oponerte y realizar una defensa excelente. Recuerda que te podemos hacer un estudio gratuito de los documentos, tú luego decides si quieres utlizar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos especialista en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 16 de MADRID
Calle : CL DEL POETA 66 Población: MADRID
Código Postal: 28020 Provincia: MADRID
Teléfono: 914932757 FAX: 914932759
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