Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 16 de PALMA DE MALLORCA o de cualquier otro juzgado es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, leer bien el monitorio ya que la deuda reclamada debe de ser vencida
No olvides que la comunicación debe de llegarte del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenezca la población donde estás empadronado.
¿Qué tienes que hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO VOLUNTARIAMENTE
Nada más tienes que realizarlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por eso debes de examinar correctamente los documentos anexos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 16 que proceda , donde expliques con argumentos la razón por la que te opones.
Una vez que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo del importe reclamado, si si el importe es menos de 2000 € entonces será verbal y si es mayor que 2000 € será procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de importe por debajo de 2000 € no hará falta que estés representado por un procurador y un abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la asistencia de abogado y procurador en la actuación.
En cualquier caso, aunque la deuda que te reclamen sea inferior a 2000 euros es muy recomendable que el escrito lo redacte un abogado para que tengas la garantía de que existe marco normativo para oponerte y realizar una defensa excelente. Ten en cuenta que podemos realizarte un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú más tarde decidirás si deseas utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico experta en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computan los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 16 de PALMA DE MALLORCA
Calle : TR D’EN BALLESTER 20 Población: PALMA DE MALLORCA
Código Postal: 7002 Provincia: ISLAS BALEARES
Teléfono: 971219490 FAX: 971219497
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