Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 17 de BARCELONA o de cualquier otro juzgado es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Lo primero es mantener la calma, lee bien la citación ya que la deuda que te pidan debe de ser vencida
No olvides que el requerimiento debe de llegar del juzgado donde vivas o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde resides.
¿Qué puedes hacer si has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR VOLUNTARIAMENTE
Sólo tienes que realizarlo si estás conforme con la deuda, por ese motivo tienes que comprobar correctamente los documentos.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 17 que te haya requerido , donde expliques con argumentos la razón por la que te opones.
En el momento que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario en función de la cuantía reclamada, si si el importe es menos de 2000 € entonces será procedimiento verbal y si es superior a 2000 € será procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de importe por debajo de 2000 euros no hace falta que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la asistencia de un abogado y un procurador en el procedimiento.
De todos modos, aunque la deuda que te reclamen sea inferior a 2000 euros es recomendable que la contestación te la realice un abogado para que tengas la certeza de que existe marco legal para oponerte y ejercer una defensa excelente. Ten en cuenta que podemos realizarte un estudio gratuito de los documentos, tú más tarde decidirás si quieres contratar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial especialista en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que nada más se cuenta de lunes a viernes y no contarán los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 17 de BARCELONA
Calle : GV DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA
Código Postal: 8014 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 935549417 FAX: 935549517
OTROS JUZGADOS EN BARCELONA