Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 17 de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA o de cualquier otro juzgado es porque están reclamandote una deuda. Es muy importante mantener la calma, revisar bien el documento ya que la deuda reclamada debe de ser vencida,justificada y acreditada.
No olvides que la notificación debe de llegarte del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde vives.
¿Qué tienes que hacer cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente debes de realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por eso tienes que examinar correctamente los documentos anexos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 17 que te haya requerido , donde expliques con argumentos la razón por la que te opones.
En el momento que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo de la cantidad reclamada, si si el importe es menos de 2000 € entonces será verbal y si es mayor que esa cantidad será procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 euros no hará falta que estés representado por abogado y procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la asistencia de abogado y procurador en la actuación.
Sea como sea, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 € es muy recomendable que el escrito de contestación te lo realice un letrado para que tengas la seguridad de que existe marco legal para oponerte y efectuar una contestación buena. Ten en cuenta que te podemos hacer un estudio gratuito de la documentación, tú posteriormente decidirás si deseas utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos especializada en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución solicitando el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no contarán los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 17 de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Calle : CL MALAGA 2 Población: LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Código Postal: 35016 Provincia: LAS PALMAS
Teléfono: 928329214 FAX: 928429804
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