Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 17 de MURCIA o de cualquier otro juzgado es porque te están reclamando una deuda. Lo primero es mantener la calma, comprabar bien el monitorio ya que la deuda que te reclamen debe de ser justificada, vencida y acreditada.
Es importante que sepas que el requerimiento debe de llegar del juzgado donde residas o del partido judicial al que corresponda el lugar donde estás empadronado.
¿Qué opciones tienes si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO VOLUNTARIAMENTE
Sólo tendrías que hacerlo si estás conforme con la deuda, por eso debes de revisar muy bien la citación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 17 que proceda , donde aclares con pruebas el motivo por el que te has opuesto.
Una vez que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo del importe reclamado, si se reclaman menos de 2000 € será procedimiento verbal y si es superior a 2000 euros será entonces un procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de importe menor de 2000 euros no hará falta que estés representado por procurador y abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la presencia de procurador y abogado en el trámite.
En cualquier caso, aunque la deuda que te reclamen sea por debajo de 2000 € te recomendamos que el escrito lo realice un abogado para que tengas la seguridad de que existe marco legal para oponerte y hacer una contestación excelente. Ten en cuenta que nuestra empresa te hace un estudio gratuito de los documentos, tú posteriormente decidirás si quieres usar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos especializada en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computan los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 17 de MURCIA
Calle : AV DE LA JUSTICIA S/N 0 Población: MURCIA
Código Postal: 30011 Provincia: MURCIA
Teléfono: 968858837 FAX:
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