Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 17 de SEVILLA o de cualquier otro es debido a que están reclamandote una deuda. Es muy importante mantener la calma, leer bien el documento ya que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,vencida y justificada.
Ten en cuenta que la comunicación debe de llegarte del juzgado donde vives o del partido judicial al que pertenece el lugar donde vives.
¿Qué debes de hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente debes de realizarlo si estás de acuerdo con la deuda, por eso debes de comprobar muy bien los documentos anexos.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 17 que te haya requerido , donde aclares con pruebas el motivo por el que te opones.
Cuando te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo del importe reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 euros entonces será verbal y si es mayor que esa cantidad será procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de importe por debajo de 2000 euros no hace falta que estés representado por procurador y abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la asistencia de un procurador y un abogado en el trámite.
Aún así, aunque el importe que te reclamen sea por debajo de 2000 € es recomendable que el escrito de contestación te lo realice un abogado para que tengas la certeza de que tiene marco normativo para oponerte y ejercer una contestación apropiada. No olvides que podemos realizarte un estudio gratuito de los documentos, tú más tarde decidirás si deseas utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial especialista en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución para solicitarte el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que solamente se cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 17 de SEVILLA
Calle : AV BUHAIRA 29 Población: SEVILLA
Código Postal: 41018 Provincia: SEVILLA
Teléfono: 955516156 FAX: 954544724
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