Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 17 de VALENCIA o de cualquier otro juzgado es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, repasar bien el documento ya que la deuda que te soliciten debe de ser justificada, acreditada y vencida.
Recuerda que la citación debe de llegarte del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenece la población donde estás empadronado.
¿Qué puedes hacer si has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Nada más tendrías que realizarlo si estás conforme con la deuda, por eso tienes que comprobar correctamente la documentación anexa.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 17 que proceda , donde justifiques con pruebas la razón por la que te opones.
Cuando te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario dependiendo del dinero reclamado, si si el importe es menos de 2000 € entonces será verbal y si es superior a 2000 € será entonces procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 € no será necesario que estés representado por un procurador y un abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la comparecencia de abogado y procurador en la actuación.
De todas formas, aunque la cuantía que te reclamen sea por debajo de 2000 € te recomendamos que el escrito lo realice un letrado para que tengas la certeza de que tiene marco jurídico para oponerte y hacer una contestación buena. Ten en cuenta que te podemos hacer un estudio gratuito de la documentación, tú más tarde decidirás si deseas usar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico experta en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución pidiendo la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 17 de VALENCIA
Calle : AV PROF.LOPEZ PIÑERO 14 Población: VALENCIA
Código Postal: 46071 Provincia: VALENCIA
Teléfono: 961929026 FAX: 961929326
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