Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 18 de BARCELONA o de cualquier otro es porque te están reclamando una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, lee bien el requerimiento ya que la deuda que te pidan debe de ser acreditada,justificada y vencida.
Es importante que sepas que el requerimiento tiene que llegar del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que corresponda la población donde estás empadronado.
¿Qué debes de hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más tendrías que hacerlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por lo que es necesario examinar correctamente la citación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse hay que realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 18 que te haya requerido , donde aclares con pruebas la razón por la que te quieres oponer.
En el momento que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal dependiendo de la cuantía reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 € entonces será procedimiento verbal y si es superior a 2000 euros entonces será ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 euros no hace falta que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la comparecencia de un abogado y un procurador en el trámite.
De todas formas, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 euros es recomendable que la contestación te la realice un letrado para que tengas la seguridad de que tiene marco jurídico para oponerte y efectuar una contestación excelente. Recuerda que te podemos hacer un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú posteriormente decides si quieres contratar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos experta en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que sólo se cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 18 de BARCELONA
Calle : GV DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA
Código Postal: 8014 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 935549418 FAX: 935549518
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