Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 18 de SEVILLA o de cualquier otro es porque te están solicitando el pago de una deuda. Es muy importante mantener la calma, lee bien la citación debido a que la deuda que te soliciten debe de ser acreditada y justificada.
También debes de saber que la comunicación tiene que llegar del juzgado donde vives o del partido judicial al que corresponde el lugar donde estás empadronado.
¿Qué debes de hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente tendrías que hacerlo si estás de acuerdo con el importe reclamado, por eso tienes que comprobar perfectamente la documentación anexa.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 18 que proceda , donde justifiques con argumentos el motivo por el que te opones.
En el momento que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo de la cantidad reclamada, si se reclaman menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 € será ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cuantía por debajo de 2000 euros no es necesario que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la presencia de procurador y abogado en la actuación.
Sea como sea, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 € es recomendable que la contestación te la realice un abogado para que tengas la seguridad de que tiene marco normativo para oponerte y efectuar una defensa apropiada. Ten en cuenta que te podemos hacer un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú luego decides si quieres contratar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 18 de SEVILLA
Calle : CL VERMONDO RESTA S/N Población: SEVILLA
Código Postal: 41018 Provincia: SEVILLA
Teléfono: 955043105 FAX: 955043135
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