Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 19 de BARCELONA o de cualquier otro juzgado es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Es muy importante mantener la calma, leer bien el monitorio ya que la deuda que te soliciten debe de ser acreditada,vencida y justificada.
También debes de saber que el requerimiento debe de llegarte del juzgado donde vives o del partido judicial al que pertenece la población donde vives.
¿Qué tienes que hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Únicamente tendrías que hacerlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por lo que debes de comprobar perfectamente la documentación.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 19 que te haya requerido , donde demuestres con pruebas la razón por la que te has opuesto.
Cuando te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo del importe reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 € será procedimiento verbal y si es superior a esa cantidad será entonces un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 € no no es obligatorio que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la comparecencia de abogado y procurador en el trámite.
Aún así, aunque la cuantía que te reclamen sea inferior a 2000 € te recomendamos que el escrito lo redacte un abogado para que tengas la seguridad de que tiene fundamento jurídico para oponerte y efectuar una contestación excelente. Recuerda que nosotros te hacemos un estudio gratuito de la documentación, tú después decidirás si quieres contratar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos especialista en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no contarán los días que sean festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 19 de BARCELONA
Calle : GV DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA
Código Postal: 8014 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 935549419 FAX: 935549519
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