Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de ALBACETE o de cualquier otro es porque te están reclamando una deuda. Es importante mantener la calma, lee bien el monitorio ya que la deuda reclamada debe de ser justificada, acreditada y vencida.
También debes de saber que la comunicación tiene que llegar del juzgado donde vivas o del partido judicial al que pertenezca la población donde estás empadronado.
¿Qué puedes hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente tienes que hacerlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por esta razón debes de revisar perfectamente la citación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 que te haya requerido , donde expliques con argumentos la razón por la que te opones.
En el momento que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo del importe reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 € será procedimiento verbal y si es mayor que esa cantidad será entonces procedimiento ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 € no hará falta que estés representado por un procurador y un abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la comparecencia de un abogado y un procurador en el procedimiento.
Sea como sea, aunque la deuda que te reclamen sea por debajo de 2000 euros te recomendamos que la contestación te la realice un abogado para que tengas la seguridad de que existe fundamento jurídico para oponerte y realizar una contestación apropiada. Recuerda que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú luego decidirás si quieres contratar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos experta en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que sólo se cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de ALBACETE
Calle : CL CALDEREROS S/N Población: ALBACETE
Código Postal: 2071 Provincia: ALBACETE
Teléfono: 967192587 FAX: 967192634
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