Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de ALCALA DE HENARES o de cualquier otro juzgado es debido a que están solicitandote el pago de una deuda. Lo primero es mantener la calma, leer bien el requerimiento debido a que la deuda que te reclamen debe de ser justificada, acreditada y vencida.
Recuerda que la notificación tiene que llegar del juzgado donde vives o del partido judicial al que pertenezca la población donde resides.
¿Qué puedes hacer cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO VOLUNTARIAMENTE
Nada más tienes que hacerlo si estás de acuerdo con el importe reclamado, por eso es necesario examinar muy bien los documentos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 que te haya requerido , donde expliques con argumentos la razón por la que te opones.
Cuando te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal dependiendo del importe reclamado, si si el importe es menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es superior a 2000 € será entonces ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 € no será necesario que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la asistencia de un procurador y un abogado en el trámite.
En cualquier caso, aunque la deuda que te reclamen sea inferior a 2000 € te recomendamos que el escrito lo realice un abogado para que tengas la certeza de que existe fundamento jurídico para oponerte y ejercer una contestación buena. Ten en cuenta que nuestra empresa te hace un estudio gratuito de los documentos, tú posteriormente decidirás si quieres contratar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución para solicitarte la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que nada más se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computan los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de ALCALA DE HENARES
Calle : CL COLEGIOS 04-jun Población: ALCALA DE HENARES
Código Postal: 28801 Provincia: MADRID
Teléfono: 918839419 FAX: 918831743
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