Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de ALCOBENDAS o de cualquier otro es debido a que te están reclamando una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, lee bien la citación debido a que la deuda que te soliciten debe de ser justificada, acreditada y vencida.
Recuerda que el requerimiento debe de llegarte del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde resides.
¿Qué puedes hacer cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente debes de realizarlo si estás de acuerdo con la deuda, por eso es necesario revisar correctamente el monitorio.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 que te haya requerido , donde demuestres con pruebas el motivo por el que te quieres oponer.
Desde que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal en función del dinero reclamado, si se reclaman menos de 2000 euros será procedimiento verbal y si es superior a esa cantidad será entonces ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cuantía inferior a 2000 euros no hace falta que estés representado por procurador y abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la comparecencia de un abogado y un procurador en el trámite.
De todas formas, aunque el importe que te reclamen sea por debajo de 2000 euros es muy recomendable que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la seguridad de que tiene marco jurídico para oponerte y realizar una defensa buena. Recuerda que nosotros te hacemos un estudio gratuito de la documentación, tú luego decidirás si deseas utlizar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución para solicitarte la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computan los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de ALCOBENDAS
Calle : CL JOAQUIN RODRIGO 3 Población: ALCOBENDAS
Código Postal: 28100 Provincia: MADRID
Teléfono: 916539690 FAX: 916533167
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