Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de ALICANTE o de cualquier otro juzgado es porque te están reclamando una deuda. Es muy importante mantener la calma, revisar bien el monitorio debido a que la deuda reclamada debe de ser justificada, acreditada y vencida.
Es importante que sepas que la notificación debe de llegar del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde estás empadronado.
¿Qué puedes hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Sólo deberías de realizarlo si estás conforme con la deuda, por lo que tienes que comprobar muy bien la citación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 que proceda , donde aclares con pruebas la razón por la que te has opuesto.
Desde que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función de la cantidad reclamada, si si el importe es menos de 2000 euros será verbal y si es superior a esa cantidad entonces será ordinario.
Para un procedimiento verbal o de importe menor de 2000 euros no no es obligatorio que estés representado por un procurador y un abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la comparecencia de procurador y abogado en el trámite.
Aún así, aunque la cuantía que te reclamen sea menor de 2000 € te recomendamos que el escrito de contestación te lo realice un letrado para que tengas la certeza de que tiene marco jurídico para oponerte y efectuar una defensa buena. No olvides que nosotros te hacemos un estudio gratuito de la documentación, tú posteriormente decides si quieres contratar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos especializada en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución solicitando la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que solamente se cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de ALICANTE
Calle : AV AGUILERA 53 Población: ALICANTE
Código Postal: 3007 Provincia: ALICANTE
Teléfono: 965935733 FAX: 965935824
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