Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de ALMERIA o de cualquier otro es porque están reclamandote una deuda. Es muy importante mantener la calma, leer bien la citación ya que la deuda que te pidan debe de ser acreditada,justificada y vencida.
No olvides que el requerimiento tiene que llegarte del juzgado donde residas o del partido judicial al que corresponda la población donde resides.
¿Qué opciones tienes cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO DE FORMA VOLUNTARIA
Sólo deberías de realizarlo si estás de acuerdo con la deuda, por eso tienes que revisar perfectamente la documentación anexa.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 que proceda , donde aclares con pruebas la razón por la que te opones.
Desde que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo de la cuantía reclamada, si si el importe es menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es superior a 2000 € será un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada inferior a 2000 € no es necesario que estés representado por un procurador y un abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la asistencia de procurador y abogado en la actuación.
En cualquier caso, aunque la deuda que te reclamen sea inferior a 2000 € te recomendamos que la contestación te la redacte un letrado para que tengas la certeza de que existe marco legal para oponerte y hacer una defensa excelente. No olvides que podemos realizarte un estudio gratuito de la documentación, tú posteriormente decidirás si quieres utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial experta en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de ALMERIA
Calle : CR DE RONDA 120 Población: ALMERIA
Código Postal: 4006 Provincia: ALMERIA
Teléfono: 950809074 FAX: 950204221
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