Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de BARCELONA o de cualquier otro es debido a que te están reclamando una deuda. Es muy importante mantener la calma, comprabar bien el monitorio debido a que la deuda que te soliciten debe de ser justificada, acreditada y vencida.
Ten en cuenta que la notificación debe de llegarte del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que corresponda el lugar donde resides.
¿Qué tienes que hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Únicamente tendrías que realizarlo si estás conforme con el importe reclamado, por eso tienes que revisar perfectamente la citación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 que te haya requerido , donde demuestres con pruebas la razón por la que te quieres oponer.
Desde que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función de la cuantía reclamada, si se reclaman menos de 2000 € entonces será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 euros será entonces ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 euros no será necesario que estés representado por abogado y procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la asistencia de procurador y abogado en el procedimiento.
De todos modos, aunque la cuantía que te reclamen sea menor de 2000 € te recomendamos que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la garantía de que tiene marco jurídico para oponerte y hacer una contestación buena. Recuerda que nosotros te hacemos un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú luego decidirás si quieres contratar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial especializada en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que nada más se cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de BARCELONA
Calle : GV DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA
Código Postal: 8014 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 935549402 FAX: 935549502
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